
La Organización de Consumidores y Usuarios recordó una vez más algunos derechos que tienen las personas durante sus viajes, como por ejemplo, la obligación de que tienen las empresas de pagar indemnizaciones en caso de que se produzca un cambio en el paquete vacacional.
Este grupo de asesores legales recomienda leer bien las cláusulas de los contratos de viaje y aclarar cada uno de los puntos, de manera que no surjan contradicciones ni complicaciones momentos antes de emprender el viaje.
En el caso de los retrasos, la OCU aclaró que las compañías aéreas no están en la obligación de devolver el dinero del billete si el retraso no supera las cinco horas, de lo contrario, está en la obligación de entregarle la cantidad correspondiente al cliente si es que ésta así lo pide.
En caso de quedarse en tierra por un “overbooking” –cuando la venta de billetes sobrepasa la cantidad de puestos--, el afectado deberá recibir una indemnización calculada con la distancia del trayecto y la demora en poder coger otro vuelo. Aunque si persisten dudas sobre la cantidad recibida recomienda buscar asesoria legal especializada el respecto, aconseja la OCU.
Por otro lado, si su equipaje llega a su destino en mal estado o no llega, deberá poner un "Parte de Irregularidad del Equipaje”, aunque no será sino 21 después de la pérdida que podrá poner su reclamo por pérdida, señala este grupo de asesores legales.