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Autor: BERTA BERMÚDEZ LÓPEZ    Fecha: 16/11/07 - 10:11

Asunto: INQUILINOS: COMUNIDAD PROPIETARIOS

Es legal que un propietario único de un bloque de oficinas que le tenemos alquiladas pueda repercutirnos como gastos de comunidad los siguientes conceptos: -Gastos Bancarios -Limpieza de Arquetas -Gastos Administrador e IVA -Gastos de Oficina -Otros gastos de reparación y conservación (entendemos que la pintura de todo el portal_6 plantas, el arreglo de la puerta de entrada). Entendemos por gastos comunes, así firmamos el contrato de alquiler, los gastos típicos: -Limpieza escalera -Mantenimiento ascensor -Seguro? -Luz. Podrían por favor informarnos al respecto y si hay alguna ley que contemple qué son gastos del propietario y cuáles son los del inquilino? Gracias Berta

Autor: Lina garcia    Fecha: 19/11/07 - 02:11

Asunto: gastos comunidad

Hace poco precisamente consulté esto mismo a un abogado de la Cámara de la Propiedad y me dijo que para poder repercutir los gastos de la comunidad a los inquilinos, en el contrato de alquiler se ha de especificar qué gastos son y de qué importe, pues cláusulas generales no son válidas. Un saludo.

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