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Consejos

Cuestiones que hay que conocer antes de contratar una hipoteca

Las entidades financieras conceden las hipotecas tomando como garantía la vivienda que se haya adquirido. Así, se deben cumplir las condiciones acordadas en la concesión de las hipotecas, ya que, si no, la entidad pasaría a ser titular de la vivienda

De esta manera, al poner como garantía la propia vivienda, el tipo de interés que se aplica a las hipotecas es menos que en el resto de préstamos del mercado.

Es muy importante conocer la legislación, en cuánto a hipotecas se refiere, antes de contratarlas. Por ejemplo, debe participar un notario en el otorgamiento de una escritura pública y éste debe verificar que coincide la oferta de la entidad con el contrato. Además, dicho contrato debe llegar a la notaría mínimo tres días antes de la firma, para que el cliente tenga acceso al mismo. Así mismo, se deben inscribir las hipotecas en el registro de la propiedad, para calificar si las hipotecas se encuentran bajo la Ley.

Cuando se negocian las hipotecas hay que tener en cuenta los siguientes ítems: el importe de la hipotecas, el plazo de amortización, el tipo de interés y las comisiones de las hipotecas, como por ejemplo, las comisiones por apertura, cancelación o subrogación.

Si se opta por hipotecas con tipo de interés fijo, hay que tener en cuenta la posibilidad de renegociar las condiciones o cancelación anticipada, en caso de que los tipos bajen considerablemente.

Para determinar el importe de las hipotecas, existen dos factores claves. Por un lado, el valor de tasación de la vivienda y, por otro, los ingresos del cliente.

Por último, habría que definir la documentación necesaria para pedir una hipoteca. Se debe presentar el DNI, la tarjeta de residencia o el Pasaporte; la escritura de propiedad de la vivienda; el certificado de registro de la propiedad; el certificado de seguro de la vivienda; el último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles; el último recibo de la comunidad de propietarios; la declaración de la renta de los dos últimos ejercicios; así como las dos nóminas más recientes o, en caso de ser autónomo, la documentación sobre la actividad profesional desarrollada.

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